MISIÓN SARAS
"Alineados con nuestra misión institucional los servicios financieros, se fundamentan como enfoque de "responsabilidad social". En ese sentido la Cooperativa San Gabriel adopta las buenas prácticas ambientales y sociales para el cuidado del ecosistema y medio ambiente en beneficio de sus socios y grupos de interés".
VISIÓN SARAS
Alineados con nuestra visión institucional en el marco de “desarrollo productivo y social de sus asociados”, la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Gabriel” Ltda. para el año 2026 será un referente en la zona norte del país en la cultura de buenas prácticas ambientales basada en la educación financiera ambiental para directivos, funcionarios y socios.
OBJETIVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES Y SOCIALES
"Mejorar el nivel y la calidad de vida respetando el ecosistema y medio ambiente, en beneficio de las generaciones actuales y futuras, siendo importante mantener un equilibrio entre lo social, económico y ambiental".
Control
Funcionamiento
Evaluación
Medición
PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES Y SOCIALES
1.- Principio de Desarrollo Sustentable;
2.- Principio Pro - Ambiente;
3.- Principio de Precaución;
4.- Principio de Regulación Integral;
5.- Principio de Soberanía; y
6.- Principio del Ecuador.
2.- Principio Pro - Ambiente;
3.- Principio de Precaución;
4.- Principio de Regulación Integral;
5.- Principio de Soberanía; y
6.- Principio del Ecuador.
La lista de exclusión detalla las actividades económicas a las cuales, la Cooperativa de Ahorro y Crédito "San Gabriel" Ltda, NO ofrecerá servicios financieros por tener implicaciones ambientales y sociales negativas. La lista de exclusión de actividades económicas se detalla a continuación:
1.- Producción y comercio de cualquier proyecto o actividad considerada ilegal por la legislaciónnacional o convenios y tratados internacionales , tales como productos fannacéuticos considerados ilegales o sujetos a fiscalización, pesticid a/herbicidas, substancias que agotanelozono, compuestos de bifenilos policlorados (PCB, por sus siglas en inglés), animales y plantas silvestres o productos derivados de ellos, reglamentados conforme a lo indicado por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES);
2.- Producción o comercio de armas y municiones;
3.- Producción o comercio de bebidas alcohólicas (excepto cerveza y vino);
4.- Producción o comercio de tabaco;
5.- Juegos de apuestas, casinos y empresas equivalentes;
6. Producción o comercio demateriales radiactivos.. Esto no aplica a la compra de equiposmédicos, equipos de control de calidad y cualquier equipo que la cooperativa considere su fuente de radioactividad trivial y/o se tenga protección apropiada.
7. Producción o comercio de fibras de amianto no aglutinado. No se aplica a la compra y uso de fibrocemento de amianto aglutinado en el cual el contenido de amianto sea <20%;
8.- Pesca en el entorno marítimo con redes de arrastre superiores a 2,5 km de longitud;
9.- Producción o actividades que involucran formas dañinas o explosivas de trabajo forzado/trabajo infantil;
10.- Operaciones comerciales de tala para uso, en bosques húmedos tropicales primarios;
11.- Producción o comercialización de madera u otros productos forestales distintos de los bosques gestionados de forma sostenible;
12.- Producción, comercialización , almacenamiento o transporte de volúmenes significativos de químicos peligroso o uso comercial a escala de químicos peligrosos. Químicos peligrosos incluye gasolina, kerosene y otros productos derivados del petróleo ; y
13.- Producción o actividades que afectan a las tierras que los pueblos indígenas poseen, o reclaman como propias ante las autoridades competentes, sin el consentimiento completo y documentado.
2.- Producción o comercio de armas y municiones;
3.- Producción o comercio de bebidas alcohólicas (excepto cerveza y vino);
4.- Producción o comercio de tabaco;
5.- Juegos de apuestas, casinos y empresas equivalentes;
6. Producción o comercio demateriales radiactivos.. Esto no aplica a la compra de equiposmédicos, equipos de control de calidad y cualquier equipo que la cooperativa considere su fuente de radioactividad trivial y/o se tenga protección apropiada.
7. Producción o comercio de fibras de amianto no aglutinado. No se aplica a la compra y uso de fibrocemento de amianto aglutinado en el cual el contenido de amianto sea <20%;
8.- Pesca en el entorno marítimo con redes de arrastre superiores a 2,5 km de longitud;
9.- Producción o actividades que involucran formas dañinas o explosivas de trabajo forzado/trabajo infantil;
10.- Operaciones comerciales de tala para uso, en bosques húmedos tropicales primarios;
11.- Producción o comercialización de madera u otros productos forestales distintos de los bosques gestionados de forma sostenible;
12.- Producción, comercialización , almacenamiento o transporte de volúmenes significativos de químicos peligroso o uso comercial a escala de químicos peligrosos. Químicos peligrosos incluye gasolina, kerosene y otros productos derivados del petróleo ; y
13.- Producción o actividades que afectan a las tierras que los pueblos indígenas poseen, o reclaman como propias ante las autoridades competentes, sin el consentimiento completo y documentado.